Notas con audio

Por su lucha, una madre consiguió que el caso del homicidio llegue a debate. La importancia de cubrir el rol de querellante en una causa.

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“Fueron años de insistir cuando muchas veces parecía que todo había terminado. Nunca pedí que condenaran a nadie sin un juicio. Lo que siempre pedí fue que me dejaran llegar a un juicio, que se escuchara nuestra prueba y que un tribunal decidiera qué pasó con mi hijo”, sostuvo Zulma González, la mujer que hoy ocupará un lugar poco habitual en la Justicia: será la única responsable de mantener la acusación en el debate contra el policía que mató a su hijo en un confuso incidente registrado en 2022.El 12 de agosto de 2022, a las 0.40, en la esquina de Coronel Zelaya y pasaje Vera y Aragón, y en circunstancias que no se pudieron determinar, el agente de Infantería Juan Pérez se dirigía en su moto a cumplir una consigna en el barrio Francisco I por una causa de violencia de género. Al cruzar esa esquina, fue alertado por un vecino sobre un robo que estaba ocurriendo a pocos metros. El uniformado observó a dos sujetos armados que apuntaban a otros dos jóvenes. El efectivo tomó intervención y dio el grito de “¡Alto, policía!”. Según su versión, Gonzalo Sebastián González lo amenazó con un arma, por lo que se defendió disparándole. El joven, de 24 años, falleció por los dos disparos que recibió.Un largo procesoEl Ministerio Público decidió no formular una acusación contra Pérez y sostuvo distintas interpretaciones sobre lo ocurrido. En un primer momento, el fiscal Ignacio López Bustos manejó la hipótesis de que el efectivo había intervenido ante un supuesto robo. Luego, su par Carlos Sale sostuvo que el policía había actuado en legítima defensa y requirió su sobreseimiento.La madre de González, como querellante y patrocinada por Patricio Char, reclamaba que el caso pudiera llegar a juicio. “Nuestra posición siempre fue que primero había que investigar y después determinar jurídicamente qué había sucedido. La legítima defensa, el exceso en la legítima defensa o la existencia de un homicidio son conclusiones a las que debe llegarse después de producir y discutir la prueba, no antes”, sostuvo el abogado.Sobreseyeron al policía que mató a un joven acusado de roboLa querella sostuvo que el cierre de la investigación mediante un archivo o un desistimiento podía impedirle ejercer plenamente los derechos que el nuevo Código Procesal Penal reconoce a las víctimas. Por ese motivo, reclamó que, si el Ministerio Público entendía que Pérez no debía ser acusado, solicitara formalmente su sobreseimiento y permitiera que esa decisión fuera revisada judicialmente. Eso fue lo que sucedió y, finalmente, un tribunal de Impugnación resolvió que el caso fuera a juicio sin la acusación de un fiscal.Según Char, este caso pone a prueba una de las herramientas más novedosas del sistema acusatorio tucumano: la posibilidad de que una víctima sostenga autónomamente una acusación penal cuando el Ministerio Público decide abandonar la persecución.“Este caso demuestra por qué es tan importante que una víctima se constituya como querellante. Durante mucho tiempo se pensó que el proceso penal era prácticamente una discusión entre el fiscal y el imputado y que la víctima ocupaba un lugar secundario. El nuevo sistema reconoce herramientas mucho más fuertes. Ser querellante significa poder producir prueba, discutir decisiones, recurrir y, en determinados supuestos, continuar una acusación”, explicó Char.Para el abogado, el mecanismo no implica desconocer las facultades del Ministerio Público ni anticipar cuál deberá ser el resultado del juicio. “No estamos diciendo que una querella tenga derecho a obtener una condena. Eso lo decidirán los jueces después de escuchar a las partes y valorar la prueba. Lo importante es que la decisión de una fiscalía de no acusar no necesariamente significa que la víctima se quede sin posibilidad de llegar ante un tribunal”, finalizó.De la defensa“Este es un caso sumamente particular, tanto desde el punto de vista jurídico como procesal, y seguramente sentará un precedente importante en nuestra provincia por la forma en la que finalmente llega a juicio”, sostuvo Gonzalo Guerra, defensor de Pérez. “Hay un dato objetivo que no puede soslayarse: el Ministerio Público, luego de una extensa investigación, entendió que correspondía el sobreseimiento de mi defendido. Esa posición fue ratificada por el fiscal regional y posteriormente por un juez de garantías”, añadió.“Como defensa llegamos a esta instancia con mucha tranquilidad y con una teoría del caso clara, respaldada en evidencia objetiva. Estamos convencidos de que el juicio permitirá reconstruir integralmente lo sucedido aquella noche y demostrar que la conducta de nuestro defendido estuvo jurídicamente justificada”, añadió el profesional en una entrevista con LA GACETA.Guerra también dejó una reflexión: “No considero que exista ni que deba existir una protección judicial para quien cometa un delito por el solo hecho de pertenecer a una fuerza de seguridad. Pero tampoco puede existir una presunción de culpabilidad por el solo hecho de ser policía”.