Notas con audio

Tras la sanción y promulgación de la Ley 27.821, el tribunal inicia el sorteo de expedientes bajo un esquema operativo de presidencia común a cargo de Fernando Poviña.

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A partir de este lunes, laCámara Federal de Apelaciones de Tucumán iniciará de manera efectiva su funcionamiento bajo la división en dos salas permanentes, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 27.821. La transformación institucional -la primera de carácter orgánico desde que en 1990 la Ley 23.786 elevó el número de jueces de tres a cinco miembros- se implementa tras la reglamentación fijada por el propio tribunal mediante la Acordada 70/26, con el objetivo de superar el histórico cuello de botella que exigía reunir al menos tres voluntades concurrentes para dictar cada resolución.  Cambios en la Cámara Federal de Apelaciones: dos salas, un presidente y ¿se debe elegir a un sexto vocal?El primer paso operativo se desarrollará entre el lunes y el miércoles a través del sistema informático Lex 100, mediante el cual las secretarías de Cámara procederán a sortear las causas actualmente en trámite con compensación por materia. La radicación en cada sala será definitiva y abarcará sus incidentes y expedientes conexos, en tanto que las causas futuras ingresarán bajo idéntico mecanismo informático. En esta etapa inicial no habrá duplicación de estructuras administrativas, por lo que las actuales secretarías Penal, Civil, de Leyes Especiales Civil y Previsional continuarán gestionando los procesos de ambas salas.Diputados aprobó la reorganización de la Cámara Federal de Apelaciones de TucumánConformación de los cuerpos y resolución de discrepanciasLa integración inicial quedó establecida formalmente: la Sala I estará conformada por los magistrados Ricardo Sanjuán y Marina Cossio, mientras que la Sala II estará integrada por Mario Leal y Patricia Moltini. Ambas estructuras compartirán la presidencia común de Fernando Poviña. De acuerdo con el reglamento dictado, el primer voto de cada expediente será sorteado entre los dos integrantes de la sala respectiva; de existir coincidencia entre ambos, la resolución quedará firme. En caso de discrepancia jurídica, el presidente común intervendrá para emitir el voto dirimente que alcance la mayoría necesaria. Este régimen transitorio responde a lo establecido en la norma de origen, surgida a partir de los proyectos legislativos unificados de las senadoras Sandra Mendoza y Beatriz Ávila con el acompañamiento de Guillermo Andrada.El CAM evaluó en Concepción a ocho postulantes para una vocalía de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ComúnEl esquema legal contempla la creación de una sexta vocalía para que cada sala cuente con tres jueces estables, pero supedita la toma de posesión del cargo a que el Poder Ejecutivo acredite las partidas correspondientes dentro del presupuesto del Poder Judicial de la Nación.  La reorganización alcanza a una jurisdicción con más de tres millones de habitantes, al entender en las apelaciones originadas no sólo en los juzgados federales de Tucumán, sino también en los de Catamarca y Santiago del Estero. Con este paso, el tribunal equipara su funcionamiento al estándar vigente en las cámaras federales de Salta, Córdoba, Mendoza, Rosario y La Plata, procurando acortar los plazos procesales en materias civil, previsional, tributaria y penal.